
“La Ley 27.617 estipuló en su artículo 12 que el Poder Ejecutivo pueda incrementar, durante el año fiscal 2021, los montos previstos, en orden a promover que la carga tributaria de Ganancias no neutralice los beneficios derivados de la política económica y salarial asumida tendiente a dar sostenibilidad al poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas y fortalecer la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional”, manifestó Casaretto.
El legislador también detalló: “En el Presupuesto 2021 se estimó una inflación de 29%, y un aumento de los salarios de los trabajadores de tres puntos por encima de la inflación prevista. De esta manera, las paritarias comenzaron a acordarse en el inicio de 2021 en torno al 32%, en cuotas, para todo el año. Los registros de aumentos de precios mensuales medidos por el INDEC han estado por encima de la inflación prevista, por lo que los aumentos acordados entre patronales empresarias y sindicatos por rama de actividad en paritarias, evolucionaron al 35%, luego al 40% y posteriormente llegan hasta un 47% y 49%, más montos fijos, y con cláusulas de revisión entre octubre y noviembre de este año”.
Por su parte, el IARAF explicó para un trabajador soltero y sin hijos: “Si la recomposición le incrementase el sueldo promedio mensual bruto de $150 mil a $160 mil (6,66%), pasaría a tributar $5.889 mensuales, o sea un 4,1% de su remuneraciónmensual neta. Si el ajuste lleva su ingreso bruto de $150.000 a $170.000 (suba salarial del 13,33%), el impuesto sería de $12.741 mensuales (8,4% de su remuneración neta) y si el incremento llevara el promedio hasta los $180.000 (20% de aumento), el monto mensual del tributo sería $16.970, lo que supone un 10,6% del ingreso neto del trabajador”.
Según el IARAF, “bajo la normativa actual (que se propone modificar en la propuesta enviada al Congreso), el impuesto a las ganancias licuaría una importante porción de la recomposición salarial lograda”, ya que “por la mecánica del tributo, cuando el aumento logrado sea del 13% (es decir cuando el sueldo bruto pase de $150.000 a $170.000) casi un 72% de la recomposición de bolsillo lograda sería absorbida por la obligación impositiva de Ganancias. Para el caso de los trabajadores que pueden deducir cónyuge y dos hijos, los efectos serían en el mismo sentido, aunque atenuados por las mayores deducciones personales que pueden computar.